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El 8 de agosto entra en vigor la nueva normativa europea que restringe el uso de antibióticos críticos en animales

05/08/2026Españadiarioveterinario.com

Una fecha clave que todos los veterinarios deben tener marcada en el calendario. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha recordado a los profesionales del sector que el próximo 8 de agosto de 2026 entrará en aplicación el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1973, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea en julio de 2024 y que afecta directamente a la prescripción excepcional o prescripción en cascada de determinados antimicrobianos en animales que no sean de especies equinas —es decir, en perros, gatos, animales de producción y otras especies de compañía—.

Qué cambia a partir del 8 de agosto

El reglamento establece una lista de antimicrobianos que no podrán utilizarse o que solo podrán emplearse bajo condiciones específicas en el marco de la prescripción en cascada. Los grupos afectados son los antibióticos considerados de mayor importancia crítica en medicina humana: las fluoroquinolonas, las cefalosporinas de tercera y cuarta generación y las polimixinas. Para poder prescribirlos excepcionalmente, el veterinario deberá, siempre que sea posible, identificar el microorganismo causante de la infección y realizar un antibiograma previo que justifique la elección del antibiótico. Si la situación clínica es urgente y no permite esperar los resultados, se podrá iniciar el tratamiento, pero el profesional deberá revisar y justificar la prescripción en cuanto disponga de los resultados del laboratorio.

El Consejo Andaluz Veterinario alerta sobre la obligación de justificar la ausencia de antibiograma

El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios (CACV) ha sido uno de los primeros en elaborar un documento informativo para sus colegiados, acompañado de una actualización del informe jurídico de su asesoría. El texto subraya que cuando no sea posible realizar el antibiograma, el veterinario deberá documentar y justificar expresamente las razones de esa imposibilidad, lo que implica una mayor carga documental y de responsabilidad para el clínico. La norma no exige el antibiograma en todos los casos, pero sí obliga a demostrar por qué no se ha realizado cuando se opte por uno de los antibióticos restringidos.

El objetivo: frenar las resistencias antimicrobianas

Esta normativa se enmarca en la estrategia europea frente a la resistencia a los antimicrobianos (RAM), uno de los mayores retos de salud pública del siglo XXI bajo el enfoque One Health. La UE lleva años trabajando para reducir el uso de antibióticos de último recurso tanto en medicina humana como veterinaria, con el objetivo de preservar su eficacia para cuando sean realmente imprescindibles.

 

https://www.diarioveterinario.com/t/5958811/aemps-informa-sobre-nuevas-restricciones-determinados-antimicrobianos-veterinaria

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